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viernes, 13 de agosto de 2010

ESTA NOCHE viernes 13 agosto 2010

ESTA TARDE / ESTA NOCHE, donde usted se entera no de todo lo que ocurre, sino de lo que necesita saber.


EXPRESO
La pena de muerte


Luis García Miró Elguera

Keiko Fujimori ha vuelto a tomarle el pulso a la pena de muerte. La catarata de crímenes y la recomposición del terrorismo tienen enervado al Perú. Sin embargo el pulseo no es de ahora. Hace tres años y medio el presidente Alan García propuso un referéndum para restablecer la pena máxima. En rigor, lo había planteado en su campaña electoral el año 2006: impulsar la pena de muerte para terroristas, violadores y pederastas. Sin embargo –al igual que sucede hoy con Keiko Fujimori–, de inmediato saltó la comunidad caviar para oponerse a la iniciativa. “Atenta contra los derechos humanos”, “La Corte IDH no lo permitirá”, son los argumentos simplistas de la progresía para defender la vida de terroristas, violadores y pederastas.  Cabe recordar que para la izquierda progre, EE UU es el campeón en la defensa de los dd hh. Por lo menos así lo argumentaron hasta el cansancio durante aquellos años que la zurda bregó –de la mano del Departamento de Estado– por echar a Fujimori. Pero resulta que en la poderosa nación del norte la pena de muerte sigue plenamente vigente. De manera que el argumento de los progre sobre el conflicto entre pena de muerte y los dd hh cojea en forma estrepitosa. 
(…)

Toda la legislación contra la delincuencia se limita a buscar la “reforma” del criminal en las cárceles. Un contrasentido monumental. Los terroristas, los narcotraficantes, los violadores, los pederastas, los asesinos de niños jamás se reformarán. Escaparán de los penales o cumplirán sus benévolas condenas y al día siguiente estarán replicando sus feroces crímenes.  Por ello estamos con las propuestas de Alan García, de Keiko Fujimori y de Luis Castañeda: restituir la pena de muerte.   

REPORTE DE NOTICIAS en Internet
Las siguientes notas periodísticas de política y economía han sido seleccionadas, editadas y ordenadas
temáticamente por GPF Prensa. No se las debe citar como tomadas directamente de sus fuentes originales, las mismas que se indican sólo como una forma de reconocer el crédito y agradecer la cortesía.

NARCOTERRORISMO, ANTITERRORISMO, ONG, DERECHOS HUMANOS, ANTIMINERAS, REGLAS DEL USO DE LA FUERZA, INTELIGENCIA, FUERZAS ARMADAS, POLICIA, VIOLENCIA, DELINCUENCIA, LEGITIMA DEFENSA, JUSTICIA POR MANO PROPIA
PERSECUCION, CORRUPCION, ANTICORRUPCION

Sondeo Correo Internet
Sobre 194 votos, a las 12:40 pm del viernes 13 agosto 2010
Pregunta:
¿Debemos cambiar la Constitución y renunciar a la Corte IDH para reimplantar la pena de muerte?
Respuesta:
Sí    76%
No   24%

Correo
Cientos de delincuentes, entre ellos el criminal que disparó contra la pequeña Romina y la dejó cuadripléjica, han regresado a las calles gracias a los beneficios penitenciarios.
José Luis Astuhuamán Estacio (47), el criminal que le disparó a Romina, ingresó al penal de Lurigancho el 22 de mayo del 2003. Luego de ser procesado por el delito de robo agravado y condenado a más de 15 años de prisión, alcanzó la calle en menos de cinco años, informaron agentes de la Dirincri.
Su cómplice, el venezolano Hendelbert Parra Delfín, registra tres ingresos al penal: en setiembre del 2005 (hurto agravado), diciembre del 2007 (tráfico ilícito de drogas) y agosto del 2009 (robo agravado). En las tres ocasiones, este hampón recurrió a "beneficios penitenciarios".
CPN NOTICIAS - 13 AGO| No podemos estar atados “jurídicamente” al Convenio Interamericano de Derechos Humanos, sostuvo la congresista del APRA Mercedes Cabanillas, al apoyar la instauración de la pena de muerte. Anotó que ahora es posible debatirlo.

Expreso
El ex premier Jorge del Castillo recordó que cuando era jefe del gabinete ministerial, el Ejecutivo hizo este planteamiento que fue rechazado por las bancadas. “Entonces no se dio no por falta de voluntad del gobierno”, indicó. Dijo que en lo personal, está de acuerdo con la pena de muerte, pero se necesita analizarlo.
El presidente de la Comisión de Defensa, Wilder Calderón, afirmó que no sólo está de acuerdo con la pena de muerte sino que presentó un proyecto de ley N° 3181 para aplicar la pena de muerte.
La Razón
El vocero de la bancada aprista, Mauricio Mulder, anunció que el viernes presentará un proyecto de ley para sancionar con cadena perpetua a delincuentes que ingresan a la cárcel por tercera vez al cometer delitos graves. “Es el proyecto que he llamado ‘a la tercera va la vencida’, en otros países la llaman la mano durísima o la tarjeta roja y se trata de sancionar con cadena perpetua a los delincuentes que vuelven a la cárcel por tercera vez”, dijo.
Recordó que el APRA presentó a inicios del actual periodo parlamentario un proyecto de ley para restituir la pena de muerte. Explicó que se requiere modificar la Constitución, para lo cual se necesita 80 votos o un referéndum. “Luego se tendría que plantear las reservas que corresponden al Tratado de la Corte Interamericana de DDHH. No son caminos que no se puedan andar…Demorará un tiempo, pero al final se consigue el objetivo”, agregó.

Expreso
El ministro del Interior, Gral. PNP (r) Octavio Salazar, hizo un llamado a todas las fuerzas públicas y privadas de la sociedad para luchar contra la delincuencia.
El ministro se presentó ante el Pleno del Congreso por propia iniciativa para tratar los problemas de seguridad ciudadana, terrorismo y narcotráfico. Presentó un diagnóstico y planteó soluciones. 
En ese sentido, invitó en un plazo no mayor de diez días a partir de la fecha a una sesión extraordinaria y ampliada del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana no solo a los miembros naturales de esa institución, sino a todas las instituciones públicas y privadas que tengan participación en seguridad ciudadana.“Están, pues, convocados los miembros del Congreso de la República, de la Conferencia Episcopal, Confiep, los partidos políticos, las Juntas Vecinales, la Asociación de Municipalidades del Perú, el Consejo de la Prensa Peruana, entre otras”, manifestó.
Salazar Miranda demandó la modificación de algunas normas del Código Procesal Civil, como la restitución de la flagrancia hasta por 24 horas para investigar al denunciado y limitar la concesión de beneficios penitenciarios, así como clausurar mercados informales donde se comercializan objetos robados, autopartes y otros.
Señaló que debe incrementarse gradualmente el número de efectivos policiales que realizan patrullaje hasta llegar a los 3 mil 200 efectivos.

ESTA NOCHE (tomado de La República)
El Tribunal Constitucional está preparando el camino legal para la liberación del ex presidente Alberto Fujimori a través de una demanda de hábeas corpus contra los jueces que lo sentenciaron, opinan Carlos Rivera y Gloria Cano respecto de la sentencia del TC a favor del ex jefe del Servicio de Inteligencia Nacional, general (r) Julio Salazar Monroe.
El Tribunal Constitucional resolvió otorgar 60 días de plazo a la 1era. Sala Penal Especial de Lima para dictar sentencia contra Salazar Monroe en el juicio por la matanza de Barrios Altos.
Cano anunció que informarán a  la Corte Interamericana de Derechos Humanos del fallo emitido por el TC, pues el TC pretende que se  sancione a las juezas Inés Villa , Inés Tello e Hilda Piedra por su demora en el juzgamiento de Salazar Monroe.
ESTA NOCHE (tomado de Expreso)
El abogado ultra del Instituto de Defensa Legal, Carlos Rivera Paz, acusó ayer sin mostrar una sola prueba documentaria a los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) de haber cometido supuestamente un “faenón” al aprobar un hábeas corpus del procesado ex jefe del desaparecido SIN, Julio Salazar Monroe.
En la víspera, en efecto, el máximo organismo contralor de la Constitución no sólo aprobó la acción de garantía de Salazar Monroe, sino que conminó a la Primera Sala Penal Especializada (llamada por algunos “anticorrupción”), que preside la jueza superior Inés Villa Bonilla, a resolver la situación jurídica del militar en un plazo no mayor de sesenta días naturales, bajo la advertencia de de “tenerse por sobreseído el proceso en relación al demandante (JSM)”.
Otro punto importante del pronunciamiento de los tribunos fue poner ese estado de cosas en conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura CNM y de la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma) “para que investiguen el comportamiento de las juezas emplazadas (Inés Villa Bonilla, Inés Tello de Ñeco e Hilda Piedra Rojas), a fin de que les imponga la sanción que 
estimen pertinente por haber vulnerado el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable”.
Trascendió que el TC pondrá esos hechos en conocimiento de la Comisión de Ética del Colegio de Abogados de Lima para que Rivera sea sancionado.

ELECCIONES, ENCUESTAS, CONTROL DE LA AGENDA, PSICOSOCIALES, MEDIOS DE COMUNICACION, CLIENTELISMO, POPULISMO

RPP
Luis Castañeda y Keiko Fujimori lideran la intención de voto en la encuesta nacional CPI de agosto, por encargo de RPP. Castañeda tiene 22.5% y Keiko Fujimori 19.4%, Alejandro Toledo 14.1%, Ollanta Humala 11.5%. El 10.5% de peruanos señaló que votará en blanco o viciado.
El sondeo se realizó en 28 ciudades entre el 5 y el 9 de agosto.

La Razón
Keiko Fujimori le pisa los talones a Luis Castañeda Lossio en la carrera electoral, según la encuesta IMA Estudios de Marketing en la capital.
Llama la atención el incremento de Keiko Fujimori. Castañeda registra 25% y Keiko 24%. Le siguen Alejandro Toledo (16,2%), Ollanta Humala (6,3%), Jaime Bayly (6,2%).
En el plano municipal, Lourdes Flores tiene 36,4% y Alex Kouri 19%, Susana Villarán 9,7%, Humberto Lay 5,2%.

Expreso
Duras críticas a Alejandro Toledo, luego de que se revelara que durante su gobierno gastó más de 542 mil soles en la compra de bebidas alcohólicas.
Jorge del Castillo Gálvez (PAP) consideró que malversó “cantidades navegables” de recursos del Estado. “Esto no hace más que reflejar que el gobierno de Alejandro Toledo estuvo plagado de ligerezas y de frivolidades.
El parlamentario Walter Menchola (SN) señaló que es una vergüenza para el país y “una falta de respeto para la Nación”. Subrayó que “si así se ha manejado los recursos de Palacio de Gobierno, ahora entendemos el tema de cómo se cambió el contrato de gas; el de IIRSA 2 o la Carretera Interoceánica “que ha pasado piola gracias a los amigos que tiene, un grupo de poder económico y periodístico que todos conocemos quién es”. 

GLOBALIZACION, ANTIGLOBALIZACION, ECONOMIA, POLITICA MONETARIA, CAMBIARIA, FISCAL, LABORAL, PREVISIONAL, INVERSIONES
AGUA, TIERRA, ASEDIO A LAS MINAS, ENERGIA, MEDIO AMBIENTE

Correo
El precio del dólar, aseguró la ministra de Economía, se situará en alrededor de S/.2.80 este año y el próximo. Para ello se ha asignado hasta fin de año S/.500 millones para la adquisición de divisas. 

Correo
Tras el ofrecimiento del Poder Ejecutivo de impulsar en la provincia de La Convención (Cusco) la construcción de una planta de fraccionamiento de gas natural, han surgido "encontrones" en el gabinete respecto de si ésta debe ser levantada con fondos públicos o privados.
La primera en pronunciarse en contra de que se use dinero del fisco fue la ministra de Economía y Finanzas (MEF), Mercedes Aráoz, quien aseguró que la planta debe construirse con capitales privados. Sin embargo, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) aseguró que el Ejecutivo, el gobierno regional del Cusco, la Municipalidad Provincial de La Convención y la Municipalidad Distrital de Echarate asumirán el costo de la planta de fraccionamiento en la provincia de La Convención.
La ministra Mercedes Aráoz exigió que los gobiernos regionales mejoren la elaboración de sus proyectos de inversión. Puso como ejemplo a Áncash, que incorporó sus saldos del año pasado al presupuesto del 2010 dando como resultado un total de S/.1,200 millones, pero sólo ha gastado S/.140 millones, es decir, el 6%.

ESTA NOCHE jueves 12 agosto 2010

ESTA TARDE / ESTA NOCHE, donde usted se entera no de todo lo que ocurre, sino de lo que necesita saber.



EXPRESO 
¿Complicidad en
enriquecimiento ilícito?

Rolando Sousa
Keiko Fuerza 2011
El derecho, a fortiori (con mayor razón) el derecho penal, es una manifestación de cultura y un espacio de conocimiento con orientaciones e implicancias prácticas que requiere necesariamente de racionalidad en los fines y de razonabilidad en el procedimiento de interpretación. Si en el derecho penal no sabemos, en rigor, a dónde vamos y nos manejamos con un discurso jurídicamente desorientado, entonces corremos el riesgo de incurrir en voluntarismo funcional, esto es, en querer, desde posiciones de poder oficial, que las cosas sean como se las presiente o sospecha pasando por alto la naturaleza de las cosas y la validez de las construcciones jurídicas. Hay en todo esto un grave peligro: rebajar el nivel y el rigor de los presupuestos y garantías del derecho penal hasta dejarlo convertido en una suerte menor de creencias y subjetividades.  

Lo señalado viene a colación con la decisión funcional de la fiscal de la nación de iniciar investigación preliminar a los hijos del ex presidente Alberto Fujimori, incluida la candidata presidencial Keiko Fujimori, por supuestos actos de  complicidad en el delito de enriquecimiento ilícito. Como resulta obvio, el tema tiene numerosas aristas por las cuales examinarlo. Solamente me voy a circunscribir a poner de manifiesto las graves incongruencias en el hilo de construcción del pensamiento jurídico de dicha alta funcionaria pública por quien, dicho sea de paso, tengo particular aprecio.

¿Cómo se puede ser cómplice, por parte de los hijos, en el supuesto delito del padre si este delito no ha sido declarado judicialmente como tal y, es más, ya no es posible investigar ni decidir al respecto? ¡Cómo puede haber cómplice sin autor? La complicidad abarca todos aquellos actos de colaboración en un hecho ajeno que, a través de un auxilio –nunca decisorio–, contribuyen a que una tercera persona cometa delito. Es decir, sólo se puede colaborar en el momento o a futuro (cuando todavía se puede ejecutar y consumar el delito), nunca en el pasado (cuando el delito ya se ha consumado).  

Si el presidente Fujimori envió dinero a fin de pagar los estudios en el extranjero de sus hijos, considerando que estos dineros –tal la lógica del razonamiento de la fiscal– fueron parte del patrimonio público, ¿cómo entender con propiedad y acierto que sufragar estudios (actos posteriores) sean actos de colaboración en un supuesto (en la idea fiscal) de enriquecimiento que ya se habría producido con antelación?

Esta insalvable incongruencia no creo que se explique por razón de desconocimiento de Gladys Echaíz, pues ello denotaría un manejo desaprensivo de los conceptos de la teoría del delito y un menosprecio de la ciencia del derecho penal.

REPORTE DE NOTICIAS en Internet
Las siguientes notas periodísticas de política y economía han sido seleccionadas, editadas y ordenadas
temáticamente por GPF Prensa. No se las debe citar como tomadas directamente de sus fuentes originales, las mismas que se indican sólo como una forma de reconocer el crédito y agradecer la cortesía.

NARCOTERRORISMO, ANTITERRORISMO, ONG, DERECHOS HUMANOS, ANTIMINERAS, REGLAS DEL USO DE LA FUERZA, INTELIGENCIA, FUERZAS ARMADAS, POLICIA, VIOLENCIA, DELINCUENCIA, LEGITIMA DEFENSA, JUSTICIA POR MANO PROPIA

GPF Prensa jue 12 ago.- La bancada fujimorista presentó esta mañana el proyecto de ley de reforma constitucional para aplicar la pena de muerte, en cumplimiento de lo anunciado por la congresista Keiko Fujimori. El proyecto lleva el número de registro 4200. Su texto es el siguiente:
“El Grupo Parlamentario Fujimorista, ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa contemplada en el artículo 107° de la Constitución Política presenta el siguiente:

PROYECTO DE LEY

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA HA DADO LA LEY SIGUIENTE:

ARTÍCULO PRIMERO: Modifícase el texto del Artículo 140º de la Constitución Política del Estado de la siguiente manera:
“La pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la patria en caso de guerra, terrorismo, violación de menor de diez años seguida de muerte, y robo agravado seguido de muerte o con lesiones graves a la integridad física de la víctima”.

ARTÍCULO SEGUNDO: Modifícase el texto del Artículo 189 del Código Penal, en los siguientes términos:
Robo agravado.
La pena será no menor de diez ni mayor de veinte años, si el robo es cometido:
 1. En casa habitada.
 2. Durante la noche o en lugar desolado.
 3. A mano armada.
 4. Con el concurso de dos o más personas.
 5. En cualquier medio de locomoción de transporte público o privado de pasajeros o de carga.
 6. Fingiendo ser autoridad o servidor público o trabajador del sector privado o mostrando mandamiento falso de autoridad.
 7. En agravio de menores de edad o ancianos.
La pena será no menor de veinte ni mayor de veinticinco años, si el robo es cometido:
1. Cuando se cause lesiones a la integridad física o mental de la víctima.
2. Con abuso de la incapacidad física o mental de la víctima o mediante el empleo de drogas y/o insumos químicos o fármacos contra la víctima.
3. Colocando a la víctima o a su familia en grave situación económica.
4. Sobre bienes de valor científico o que integren el patrimonio cultural de la nación.
La pena será de cadena perpetua cuando el agente actúe en calidad de integrante de una organización delictiva o banda. Se aplica la pena de muerte si como consecuencia del hecho se produce la muerte de la víctima o se le causa lesiones graves a su integridad física”.

ARTÍCULO TERCERO: Modifícase el Artículo 173–A del Código Penal de la siguiente manera:
“Si los actos previstos en el inciso 1 del artículo anterior causan la muerte de la víctima, se aplica la pena de muerte.”
“Si los actos previstos en los incisos 2 y 3 del artículo anterior causan la muerte de la víctima o le producen lesión grave, y el agente pudo prever este resultado o si procedió con crueldad, la pena será de cadena perpetua”.

ARTÍCULO CUARTO: El Estado peruano debe adecuar su legislación nacional a la aplicación de esta norma.

ARTÍCULO QUINTO: Deróguense todas las disposiciones que se oponen a la presente Ley.

DISPOSICION FINAL: Las sentencias que impongan la pena de muerte tendrán un año de suspensión en su aplicación.

Lima, 11 de agosto de 2010”.

EXPOSICION DE MOTIVOS
FUNDAMENTOS
Actualmente, la pena de muerte está vigente en 87 países (cinco de ellos, la aplican también para menores de edad); los argumentos para justificarla son los muchos, pero los más importantes son los siguientes:

Razón de Justicia
En la historia han existido Teorías Absolutas de la pena, cuya máxima era la pena justa (punitur quia peccatum est). Estas teorías se basan en la libertad e igualdad naturales de todos los hombres. Por lo tanto, cuando un hombre comete un delito, se ha de retribuir al autor del delito con una pena equivalente al mal que ha ocasionado.

Utilidad Social
A diferencia de las Teorías absolutas, que respondían a la interrogante de por qué castigar, las Teorías Relativas responden al de para qué castigar. Precisamente, una de las respuestas a esta pregunta da fundamentación a la pena de muerte: la idea de crear ciertas contra motivaciones en los transgresores potenciales. Es decir, dotan a la pena de un carácter disuasorio e intimidatorio.

Ejercicio de la Legítima Defensa
Esta argumentación se basa en la idea de que el sujeto, víctima del delito, no ha podido ejercer su Derecho a la Legítima defensa, y por lo tanto, es la sociedad quien debe llevarla a cabo. La pena de muerte, sería pues, un acto en legítima defensa.

Miedo a la fuga o a la reincidencia
Este sentimiento de pánico y temor, conlleva a apoyar la pena de muerte, puesto que si el delincuente consiguiera escapar del control penitenciario, podría cometer los mismos delitos. Este tipo de argumentación fue utilizada por las teorías positivistas, especialmente por  el criminólogo italiano Cesare Lombroso. En la tipología de delincuentes de este autor, introdujo la del delincuente nato, el cual padecía de algún tipo de patología. Ello suponía, que no era posible la resocialización de dicho delincuente, y por lo tanto, la única política criminal viable era la eliminación del sujeto.

Implícita está también la depuración social.
A raíz del estudio de Isaac Ehrlich de la Universidad de Búfalo, (Nueva York, Estados Unidos) y reportado en el American Economic Review, en el año 1975, los resultados de pruebas econométricas indicaron que por cada pena de muerte ejecutada se evitaron ocho muertes de personas inocentes, asegurando que la aplicación de la pena de muerte es obligatoria para evitar mas muertes.

Otros argumentos
El delito de traición a la patria está tipificado tanto en el Código Penal (Título XV del Código Penal sobre los “Delitos contra el Estado y la defensa nacional” capítulo I referido a los “Atentados contra la seguridad nacional y traición a la patria”), como en el Código de Justicia militar y policial (Decreto Legislativo 961).

Igualmente, se aplica la pena capital al delito de terrorismo, con las limitaciones impuestas por la jurisdicción supranacional.
En las actuales circunstancias, es necesario ampliar los alcances de la pena de muerte en el Perú para incluir los delitos de violación de menores de diez años seguida de muerte, el robo agravado seguido de muerte o robo agravado con lesiones graves a la integridad de la víctima.
El premio nobel de Economía Gary Becker es partidario de la pena de muerte y afirma que los gobiernos europeos se oponen firmemente a la pena capital y critica que muchos intelectuales europeos sostengan que no sólo la pena capital sino los castigos en general no disuaden a los criminales.
Pero mientras que los europeos, con tasas de criminalidad muy por debajo de las estadounidenses durante el último medio siglo, podían darse el lujo de ser “blandos" con la mayoría de los delitos, han visto un brusco aumento de sus tasas de criminalidad en los últimos veinte años. En cambio, las tasas estadounidenses han decrecido, debido en parte a un mayor uso de los castigos, incluyendo la pena capital.
Afirma Becker que la mayoría de las personas, y los asesinos en particular, temen a la muerte, sobre todo cuando llega con prontitud y una certidumbre considerable después de que se comete un asesinato.
Quienes se oponen a la pena capital afirman con frecuencia que el Estado no tiene el derecho moral de quitarle la vida a nadie, incluyendo al peor de los asesinos. No obstante esa es una conclusión totalmente equivocada para quien crea que la pena capital disuade.
A Becker le preocupa el riesgo de ejecutar a un inocente. Sin embargo, cree que el proceso de apelación en los Estados Unidos ofrece una enorme protección, no tanto contra las condenas erróneas sino contra las ejecuciones indebidas, de manera que hay muy pocos casos documentados, si es que hay alguno, de personas inocentes que hayan sido ejecutadas. Y este proceso se ha reforzado mucho con el desarrollo de la identificación basada en el ADN.

EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACIÓN
La aprobación de este proyecto de ley implica una modificación constitucional y la modificación del Código Penal para de esta manera, ampliar los alcances de la llamada pena capital en nuestro ordenamiento jurídico.

ANALISIS COSTO BENEFICIO
La aprobación de esta iniciativa legislativa no implica gasto alguno para el  Erario Nacional del Estado Peruano. El debate de la pena de muerte sin duda trae polémica y resulta doloroso prescindir de vidas humanas, cualquiera fuera la razón de dicha eliminación; no obstante, creemos que la vida de millones de compatriotas estará más segura si se aprueba esta iniciativa. Por las razones antes esgrimidas, sostenemos que el análisis costo beneficio, es ampliamente favorable para su aprobación”.

GPF Prensa, jue 12 ago.- La congresista Keiko Fujimori y el Grupo Parlamentario Fujimorista presentaron esta mañana un proyecto de ley, registrado con el número 4198, que modifica el Código de Ejecución Penal para limitar los beneficios penitenciarios a que se tiene acceso en casos de homicidio calificado (artículo 108° del Código Penal), lesiones graves, lesiones graves con agravante de menor de edad como víctima (arts. 121° y 121°-A) y robo agravado (art. 189°).   
El siguiente es el texto del proyecto y su correspondiente exposición de motivos.
“La Congresista de la República que suscribe, KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI, integrante del Grupo Parlamentario Fujimorista, ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa contemplada en el artículo 107° de la Constitución Política presente el siguiente:

PROYECTO DE LEY

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA HA DADO LA LEY SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modifícase el texto del Artículo 47º del Código de Ejecución Penal de la siguiente manera:
“El beneficio de la redención de la pena por el trabajo y la educación, no es acumulable cuando éstos se realizan simultáneamente.
El beneficio de la redención de la pena por el trabajo o la educación, no es aplicable a los agentes de los delitos tipificados en los artículos 108, 121, 121-A, 189, 296, 297, 301, 302 y 319 a 323 del Código Penal”
ARTÍCULO SEGUNDO: Modifícase el texto del Artículo 48º del Código de Ejecución Penal de la siguiente manera:
La semi-libertad permite al sentenciado egresar del Establecimiento Penitenciario, para efectos de trabajo o educación, cuando ha cumplido la tercera parte de la pena y si no tiene proceso pendiente con mandato de detención.
En los casos del artículo 46, la semi-libertad podrá concederse cuando se ha cumplido las dos terceras partes de la pena y previo pago del íntegro de la cantidad fijada en la sentencia como reparación civil y de la multa o, en el caso del interno insolvente, la correspondiente fianza en la forma prevista en el artículo 183 del Código Procesal Penal.
Este beneficio no es aplicable a los agentes de los delitos tipificados en los artículos 108, 121, 121-A, 189, 296, 297, 301, 302 y 319 a 323 del Código Penal”.
ARTÍCULO TERCERO: Modifícase el texto del Artículo 53º del Código de Ejecución Penal de la siguiente manera:
La liberación condicional se concede al sentenciado que ha cumplido la mitad de la pena, siempre que no tenga proceso pendiente con mandato de detención.
En los casos del artículo 46, la liberación condicional podrá concederse cuando se ha cumplido las tres cuartas partes de la pena y previo pago del íntegro de la cantidad fijada en la sentencia como reparación civil y de la multa o, en el caso del interno insolvente, la correspondiente fianza en la forma prevista en el artículo 183 del Código Procesal Penal.
Este beneficio no es aplicable a los agentes de los delitos tipificados en los artículos 108, 121, 121-A, 189, 296, 297, 301, 302 y 319 a 323 del Código Penal”
Lima, 11 de agosto de 2010”.

EXPOSICION DE MOTIVOS
FUNDAMENTOS
El fin supremo de la Sociedad y del Estado es la defensa de la persona humana; en ese sentido, se debe reprimir y/o disuadir los actos de irracional violencia que diariamente asolan el territorio nacional.
La imparable ola de violencia crea en la Nación un nivel de inseguridad ciudadana contraproducente para cualquier estrategia de desarrollo, correspondiendo la aplicación de  penas privativas de libertad que son distorsionadas y/o desvirtuadas por la concesión de beneficios penitenciarios a sujetos prontuariados que salen a las calles para seguir delinquiendo.
El Congreso de la República debe estar atento a los acontecimientos de la realidad nacional para que el ordenamiento jurídico no sea superado por aquella. En este sentido debemos buscar soluciones para proteger el fin supremo de la Sociedad y del Estado.
Actualmente nos enfrentamos ante una nueva ola de inseguridad ciudadana, la cual debe ser enfrentada con rapidez.
Por otro lado, el sistema judicial visto desde la sociedad en su conjunto, es altamente ineficaz, principalmente porque no ofrece seguridad ni garantías para proteger a los ciudadanos y por ello, no debemos permitir que las sentencias judiciales sean objeto de burla al otorgar beneficios penitenciarios a sentenciados que merecen cumplir el íntegro de su condena en prisión.
Sucede que el sistema de justicia penal carecerá de credibilidad si no puede dar una respuesta adecuada a los casos cotidianos y a la vez extremos de violencia (violaciones sexuales, asesinatos, asaltos con armas de fuego, lesiones graves en agravio de menores de edad, etc.), habremos logrado poco si el Poder Judicial no alcanza a dar un mensaje contundente a todos los ciudadanos.
Una forma usual en que la delincuencia se burla de la sociedad es en ejercicio de los beneficios penitenciarios. La ciudadanía asiste perpleja a la pronta liberación de delincuentes que fueron capturados gracias al tiempo y dinero del Estado que concentró bienes, horas–hombre y a veces vidas, para condenarlos pero luego, al cabo de pocos años son liberados para seguir delinquiendo a pesar que en teoría, la pena tiene un fin resocializador.
En las últimas semanas y meses, los actos de violencia en el Perú, la delincuencia e inseguridad en todo el país han aumentado considerablemente. Bandas de delincuentes armados obtienen su libertad al cumplir sus condenas o por recurrir a beneficios penitenciarios. En lugar de reintegrarse a la comunidad estos malos peruanos han vuelto a delinquir, convirtiéndose en reincidentes. De acuerdo a cifras oficiales, a diario se cometen 442 delitos y ocho homicidios en el país, del total de delitos cometidos, 170 son hurtos y 168 son robos.
Otra cifra inquietante es que la tasa de homicidios en el Perú subió de 4% en el 2002 al 10% en el 2010.
Recluir al delincuente en un penal tampoco es la solución si el Estado no logra resocializarlo y eso es exactamente lo que está sucediendo actualmente; las cárceles en el Perú son un depósito de delincuentes, en lugar de ser un espacio para resocializar al delincuente.
Se hace urgente entonces, la implementación de una política preventiva y represiva contra la delincuencia, que tenga como primera prioridad la protección de la sociedad, es decir, la protección de los millones de ciudadanos decentes y honrados de nuestra patria.
El Congreso de la República no puede permitir que las sentencias del Poder Judicial sean desvirtuadas para favorecer a delincuentes que son un peligro para la sociedad.  Es más beneficioso para la sociedad que permanezcan muchos años en centros penitenciarios, antes que permitir su retorno a las calles y reincidan.
A la fecha, los siguientes delitos no conllevan beneficios penitenciarios: violación sexual de menor (Ley 28704), Violación sexual de menores seguido de muerte  (Ley 28704), Trata de personas  (Ley 28950) Lavado de Activos agravado (Ley 27665), Tráfico Ilícito de Drogas  (Código de Ejecución Penal, artículos  47 y 53), los dirigentes, jefes, cabecillas de bandas u organizaciones dedicadas al T.I.D. (Decreto Legislativo  824) ni los condenados por terrorismo y/o traición a la patria (Ley 29423)
Los beneficios penitenciarios son mecanismos jurídicos que permiten el acortamiento de la condena o, al menos, el acortamiento de su reclusión efectiva. Esta propuesta plantea que los beneficios penitenciarios más importantes no sean de aplicación a los agentes de los siguientes delitos: homicidio calificado (artículo 108° del Código Penal), Lesiones graves, Lesiones graves con agravante de menor de edad como víctima (artículos 121° y 121-A) y robo agravado (artículo 189°) por los fundamentos anteriormente expuestos en la presente exposición de motivos.
EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACIÓN
Existen delitos tipificados en nuestro ordenamiento que no debieran ser comprendidos para acceder a los beneficios penitenciarios que dispone el Código de Ejecución Penal, como es el caso del robo agravado, el homicidio calificado y las lesiones graves. El efecto que tendrá la aprobación de este proyecto de ley es modificar artículos pertinentes de dicho cuerpo legal, a fin de excluir a los autores de robo agravado, homicidio calificado y lesiones graves, de los beneficios penitenciarios.
ANALISIS COSTO BENEFICIO
La iniciativa legislativa beneficia a la sociedad en su conjunto, susceptible de ser víctima de los delitos de robo agravado, homicidio calificado y lesiones graves. Por otro lado, perjudica a los agresores de estos delitos, quienes podrían beneficiarse de los beneficios penitenciarios más importantes.
Al no significar carga para el erario nacional, el análisis costo-beneficio de este proyecto es ampliamente favorable para su aprobación”.

ESTA NOCHE (tomado de Peru21)
El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Rolando Sousa, declaró que la pena de muerte se podría aplicar en el Perú con apenas una reforma constitucional, sin necesidad de denunciar la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Explicó que el mencionado tratado establece que los países que al momento de suscribir la convención no hayan abolido la pena de muerte “pueden seguir aplicándola para los delitos más graves, en cumplimiento de una sentencia ejecutoriada por tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca la pena”.
El legislador precisó que el Perú suscribió la convención el 28 de julio de 1978 y en ese entonces –subrayó– estaban en vigencia en nuestro país hasta cinco decretos ley que contemplaban la aplicación de la pena de muerte para una serie de delitos, entre ellos la violación a menores de cinco años.
Sousa concluyó que el Perú no necesitaría denunciar ningún tratado, pues este documento lo faculta a aplicar la sanción.
“Solo se requeriría una reforma constitucional”, manifestó, tras informar que el Grupo Parlamentario Fujimorista presentará una iniciativa con ese fin.
RPP
El presidente del Consejo de Ministros, Javier Velásquez Quesquén, consideró inviable restablecer la pena de muerte, porque “el parlamento no puede convocar 80 votos para hacer una reforma constitucional, ni mucho menos está en condiciones de denunciar la Convención Americana", dijo.
No obstante, se abstuvo de emitir su opinión personal sobre el tema. Recordó que la bancada aprista presentó en 2006 una propuesta para aplicar la pena de muerte.

RPP
El presidente del Tribunal Constitucional, Carlos Mesía, consideró una pérdida de tiempo debatir la pena de muerte, porque resulta "imposible" por compromisos internacionales, como la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Sostuvo que el establecimiento de la pena de muerte requiere el retiro de la Convención.

Correo
La pena de muerte tuvo eco en el burgomaestre limeño Luis Castañeda Lossio, luego de que en la víspera fuera planteado por la legisladora Keiko Fujimori ante el galopante incremento de la delincuencia.
Consultado sobre si está de acuerdo con aplicar la pena capital para delincuentes avezados y violadores de menores, el alcalde respondió que "para casos extremos estoy de acuerdo con la pena de muerte".
La Razón
La legisladora Martha Moyano comentó que “la pena de muerte es necesaria para determinados casos, por lo que la bancada fujimorista va a presentar en los próximos días un proyecto en ese sentido”.
El presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, Hildebrando Tapia, adelantó que coordinará con otros grupos de trabajo un análisis conjunto que permita determinar la manera de implementar esa sanción. “Estoy a favor de implantar la pena de muerte… Es necesario cerrar filas en este tema”, agregó.

|CPN NOTICIAS - 11 AGO| La pena de muerte provocó un debate n CPN entre la congresista fujimorista Cecilia Chacón y el ex decano del Colegio de Abogados de Lima Walter Gutiérrez, enCPN Noticias.
Chacón de Vettori se mostró a favor de la pena capital. Gutiérrez sostuvo que es más importante un plan de seguridad ciudadana.

La Razón
Al interior de las comisiones de Justicia y Constitución del Congreso se debatirá la aplicación de la pena de muerte propuesta por la bancada fujimorista.
Mientras la congresista fujimorista Keiko Sofìa Fujimori anunció la iniciativa legislativa, el legislador Isaac Mekler presentó una propuesta de pena capital para delincuentes como los del caso de Romina.
El presidente de la Comisión de Justicia, Rolando Sousa, adelantó que el Grupo Parlamentario Fujimorista promoverá el debate de la pena de muerte en las comisiones de Justicia y de Constitución.

ESTA NOCHE (tomado de La Razón)
El constitucionalista Fernán Altuve consideró viable un referéndum sobre la pena de muerte para modificar la Constitución. Dijo que se puede consultar la iniciativa en un referendum que se lleve a cabo con las elecciones generales del 2011.
Respecto a la postura de quienes aseguran que es inviable la pena capital debido a la Convención Interamericana de Derechos Humanos, refirió que “son discursos vacíos, porque esta no es una discusión de académicos, sino del pueblo soberano, y el pueblo es el que debe decidir”.
La legisladora nacionalista Yaneth Cajahuanca afirmó que su partido está en contra, pero ella considera que “tiene que aplicarse este tipo de penas”.

|CPN NOTICIAS - 12 AGO| El presidente de la Célula Parlamentaria Aprista, Mauricio Mulder, afirmó que instaurar la pena de muerte no podrá realizarse de manera inmediata. Anunció que presentará un proyecto para sancionar con cadena perpetua los “crímenes graves” cometidos en dos o tres oportunidades, al que llamó “tarjeta roja”.

La República
Columna de Alvarez Rodrich
(…)
Ya se sabe que ese despropósito es jurídicamente inviable pues requeriría una reforma constitucional –en un Congreso en el que solo se juntan ochenta votos para subirse el sueldo– y la renuncia improbable a la convención interamericana de derechos humanos, además de tener poca incidencia práctica pues no logra realmente detener el crimen. Pero eso debe interesarle poco al político que solo busca el rebote mediático –que ayer se lo ofrecieron a Keiko Fujimori las portadas de tres diarios– para acomodarse mejor en la elección que viene.
(…)
  
Correo
Sobre las escandalosas sentencias que a lo largo de estos años emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Perú, no se ha dicho el poco empeño que pusieron los abogados -muchos de tendencia izquierdista- que representaron al país y perdieron demandas.
En el caso de la demanda interpuesta por la desaparición de los terroristas Víctor Neira Alegría, Edgar Zenteno Escobar y William Zenteno, el gobierno fujimorista designó a Eduardo Barandiarán, quien luego fue retirado de la causa. Posteriormente se nombró juez ad hoc al doctor Jorge Orihuela Iberico, quien nunca compareció a las audiencias y la causa se perdió.
En el 2001 se inició el caso Barrios Altos en la Corte IDH, para el cual se designó a Javier Ciurlizza y César Azabache como agentes, pero en lugar de batallar, ambos "reconocieron la responsabilidad internacional (del Perú) en el caso". El país terminó pagando $2 millones 875 mil a las víctimas.
En el 2001, el Perú también perdió la demanda planteada por Nolberto Durand y Gabriel Ugarte, por el caso El Frontón, y fue obligado a pagarles $125 mil. El gobierno de Valentín Paniagua designó a Patricio Rubio Correa -hermano del rector de la Universidad Católica, Marcial Rubio Correa-, quien perdió el caso.
El cuestionado abogado toledista Julio Quintanilla también perdió ante la Corte IDH, en el 2002, el caso de los hermanos Gómez Paquiyauri, quienes tenían como abogada a la subversiva Mónica Feria. Ésta exigía que el Estado pague $770 mil 500.

Peru21
Columna de Fritz Du Bois
(…)
…la experiencia en los países donde esta pena se aplica demuestra que no es lo suficientemente disuasiva. Además, sería realmente un retroceso recurrir a matar a un ser humano ante la incapacidad de aquellos encargados de proteger a la sociedad. 
Así que esperamos contar durante la campaña electoral con propuestas a todo nivel de gobierno para contrarrestar esta creciente delincuencia con reformas de fondo en la fuerza policial y en el Poder Judicial.

|CPN NOTICIAS - 12 AGO| Después de varios días, perdió la vida el adolescente que fuera herido en el pecho durante el paro en la provincia de La Convención–Cusco, contra la exportación del gas de Camisea.
Henry Benítez Huamán, de 14 años, recibió un disparo de bala en el tórax durante los enfrentamientos entre la Policía y los manifestantes en Kiteni, distrito de Echarate.

CPN NOTICIAS - 12 AGO| El Ejecutivo dejó sin efecto el estado de emergencia en el distrito de Echarate, provincia de La Convención, región Cusco.
Correo
Vecinos de Hugo Adrián Chauca Hanco, de 27 años, asesinado el pasado sábado, hicieron desmanes en la casa del presunto homicida exigiendo justicia. El implicado se encuentra libre.
Según testigos, el pasado sábado, Chauca salió de la chichería en la que se encontraba bebiendo en el barrio santiaguino de Zarzuela, a escasos metros de la comisaría del sector. El joven, quien ya se encontraba ebrio, decidió miccionar en la puerta de la propiedad de Felipe Candia, quien le habría disparado a quemarropa ocasionándole la muerte.
Ayer, durante el sepelio, amigos y vecinos fueron al inmueble de la familia Candia y con piedras en mano rompieron las puertas, ventanas y hasta el parabrisas de un automóvil que se encontraba en la cochera. Felipe Candia es un ex efectivo de la Policía dado de baja por haber sido involucrado en narcotráfico.

La República
Con el hallazgo del cuerpo de Navío Común Gavilán (28), asesinado alcalde del distrito de Surcubamba, Huancavelica, la liberación de uno de los presuntos asesinos, el suboficial Iván Gamarra, exasperó los ánimos y provocó protestas en Huancayo.
Según intentó explicar la policía de Huancayo, Gamarra fugó tras empujar al abismo al Cmdte. José del Pozo Rivero, pero la población cree que se le dejó huir.
El ministro del Interior Octavio Salazar dispuso el relevo inmediato del Gral. César Ramos Paz, jefe policial de Huancayo. 
En el domicilio de Gamarra se habrían encontrado 40 mil soles, parte de los 100 mil soles que los hermanos del finado alcalde pagaron por su rescate.
  
Lima, ago. 12 (ANDINA). El ministro del Interior, Octavio Salazar, anunció hoy que la Dirección de Inspectoría General de la Policía Nacional se hará cargo de las investigaciones y establecerá responsabilidades en la fuga del suboficial Iván Gamarra La Rosa.
“Ante estos hechos hay que tomar acciones drásticas, el general Ramos tiene una línea de carrera, pero es verdad que hay que asumir responsabilidades”, indicó.
La desaparición de Navío Común fue reportada el pasado 29 de julio, tras hallarse el cuerpo sin vida de su chofer  Raúl Balbín Pichardo (31), en el distrito de Acopalca, junto a la camioneta en la que ambos se transportaban hacia Huancayo. Su cuerpo fue encontrado ayer en la pendiente de un cerro en el sector de Chamicería, a 10 kilómetros al este de Huancayo.

RPP
Al menos 9 personas resultaron heridas hoy y decenas de edificios quedaron dañados por la explosión de un coche bomba junto al complejo de edificios donde están ubicadas la emisora Caracol Radio y la sede de la Agencia EFE en Colombia, además de otras empresas, en Bogotá, según fuentes oficiales. La explosión se produjo alrededor de las 05.30 hora local (10.30 GMT), rompió los cristales de varios edificios de la zona, donde hay muchas oficinas y viviendas, y dejó un agujero sobre la calle séptima, una de las principales arterias de Bogotá, según pudo constatar Efe.
El presidente colombiano, Juan Manuel Santos, llegó a la zona de la explosión, que sigue acordonada.
  
ELECCIONES, ENCUESTAS, CONTROL DE LA AGENDA, PSICOSOCIALES, MEDIOS DE COMUNICACION, CLIENTELISMO, POPULISMO

Lima, ago. 12 (ANDINA). En el sondeo realizado en la capital por Ima Estudios de Marketing, entre el 6 y 9 de agosto, Lourdes Flores obtiene 36.4 por ciento, 17 puntos encima de Alexander Kouri,  quien registra 19.0 por ciento. 
En tercer lugar aparece Susana Villarán con 9.7 por ciento; seguida de Humberto Lay con 5.2 por ciento y Luis Iberico con 4.1 por ciento.
En cuanto a preferencias electorales presidenciales, Luis Castañeda registra 25 por ciento y Keiko Fujimori 24%, Alejandro Toledo 16.2% y Ollanta Humala 6.3%.

Correo
Columna de Aldo Mariátegui
Nuestro sondeo CPI de ayer demuestra que: 1) Lourdes ya tiene "teflón". Ya el "caso Cataño" no la afecta.
(…)

La República
De acuerdo con las últimas tres declaraciones juradas de bienes, ingresos y rentas del candidato por Cambio Radical Alex Kouri, éste no habría ejercido la profesión de abogado en la ciudad de Lima desde el 2007, lo que pondría en tela de juicio su domicilio fiscal en la capital.
El lunes, el ex presidente regional del Callao entregó a la periodista Rosa María Palacios la documentación que, como funcionario público, presentó a la región en los años 2007, 2008 y 2009. 
Según el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) en 1984 Kouri obtuvo una Libreta Electoral con el Nº 07704825, en la que figuraba que vivía en Magdalena. Sin embargo, doce años después solicitó una modificación por cambio de domicilio, señalando que vivía en El Callao, tras lo cual sacó el DNI  Nº 25763480. Posteriormente, en el 2002 y el 2006, rectificó su lugar de residencia, a Chucuito y La Perla, donde oficialmente vivía hasta junio de este año, en que volvió a solicitar una nueva rectificación a la casa de Magdalena.
PERSECUCION, CORRUPCION, ANTICORRUPCION

La Razón
El Tribunal Constitucional ordenó a la Primera Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima, que preside la jueza Inés Villa Bonilla, que en el plazo de 60 días resuelva el caso del general retirado Julio Salazar Monroe, bajo apercibimiento de tenérsele por sobreseído el proceso penal en caso de incumplimiento.
El citado colegiado así lo dispuso al declarar fundada la demanda de hábeas corpus recaída en el expediente No 05350-2009-PHC/TC, por haberse acreditado la vulneración del derecho del citado general a ser juzgado dentro de un plazo razonable por parte de las juezas demandadas. Salazar Monroe viene siendo procesado por más de 7 años y 6 meses, sin sentencia.
La Sala Villa Bonilla ha sido duramente cuestionada por la dilación con la que ha actuado en los procesos que ha tenido a su cargo. En casi todos ellos los procesos han sido extendidos más de lo que la legislación permite, vulnerando los derechos de los procesados.

Expreso
Un hecho pocas veces visto en un tribunal de justicia sucedió ayer en la Base Naval del Callao. El procesado ex jefe del desaparecido SIN Julio Salazar  Monroe fue llevado en pijama, en mal estado de salud y con engaños a la Primera Sala Penal Especializada que despacha la jueza Inés Villa Bonilla, para que rinda su alegato de defensa.
Iván Torres La Torre, defensor del militar retirado, ante esa situación, anunció que planteará hoy un hábeas corpus contra dicho tribunal de justicia que integran, además de Villa Bonilla, las juezas Inés Tello de Ñeco e Hilda Piedra Rojas.
Salazar Monroe es acusado bajo la cuestionada tesis de la “autoría mediata”, de los sucesos de Barrios Altos, El Santa y la muerte del periodista Pedro Yauri. El proceso se ventila hace ocho años y medio sin sentencia.
  
Expreso
Un libro escrito por el legislador aprista y actual presidente del Consejo de Ministros, Javier Velásquez Quesquén, reveló que durante su gestión presidencial, Alejandro Toledo, le facturó a la casa de gobierno S/. 542,835 por concepto de licor.
Por otro lado, EXPRESO pudo conocer que un nuevo lío judicial envuelve nuevamente al ex presidente Alejandro Toledo y al comandante general del Ejercito de esa época, César Augusto Reinoso Díaz, ya que el Poder Judicial alista juicio oral contra dicho militar y otros dos funcionarios de la Casa de Gobierno por solventar una “fiesta” de S/. 18,016.24 en el Centro de Entrenamiento Andino del Ejército (Ceande) con dinero del Estado.
Según el dictamen pericial de Nº 66-2007-DIRCOCOR-PNP-OFICRI-E1, al que tuvo acceso EXPRESO, el 16 de setiembre de 2001 Reinoso y compañía prepararon una “fiesta privada” y pidieron que se emita los comprobantes de pago Nº 012657 y Nº 012658 de la casa de gobierno por los montos de S/. 10,030 y S/. 7,986.24 para solventar la actividad. Según el general Cesar Augusto Reinoso Díaz, “fue una fiesta particular ofrecida por el ex presidente Alejandro Toledo a diferentes miembros de su agrupación política, amigos y familiares”. 
GLOBALIZACION, ANTIGLOBALIZACION, ECONOMIA, POLITICA MONETARIA, CAMBIARIA, FISCAL, LABORAL, PREVISIONAL, INVERSIONES

RPP
La titular del Ministerio de Economía y Finanzas, Mercedes Aráoz, estimó que la expectativa de crecimiento del Perú en el 2010 va estar alrededor del 6%. “Sí, la economía peruana está creciendo a un ritmo bastante acelerado", dijo.
"El compromiso es que el déficit fiscal va estar dentro del marco de no más del 1.6%", apuntó. "El próximo año probablemente, crezcamos en 5% y, sí, tenemos que regresar a tener un déficit fiscal menos al 1%", comentó.

La Razón
Las acciones estadounidenses cayeron el miércoles, debido a una ola vendedora desatada por temores sobre la salud de la economía mundial, con inversores buscando refugios.
Los tres índices presentaron su peor caída porcentual desde el 16 de julio, luego de la débil evaluación de la economía brindada por la Reserva Federal el martes.
Un reporte sobre datos débiles de las fábricas en China se sumó a las preocupaciones sobre una desaceleración mundial, y presionó a las acciones y materias primas al tiempo que impulsó los precios de los bonos del Tesoro.
El promedio industrial Dow Jones cayó 265.42 puntos, o un 2.49%, a 10,378.83.
Hay temor a que, si existe una recaída financiera, el Estado no apoyará a las grandes firmas de inversión.